Ley de Amnistía: Comentario completo y sistemático (Ley 1820 de 2016)
Editores: Kai Ambos & Gustavo Cote
Autores: Juana Inés Acosta López, Alejandro David Aponte Cardona, Carlos Enrique Arévalo Narváez, Heydi Patricia Baldosea Perea, Lina Chaparro Martínez, Gustavo Emilio Cote Barco, Diana Dajer Barguil, Oscar Julián Guerrero Peralta, Catalina Ibáñez Gutiérrez, Alejandro Jiménez Ospina, Eduardo Fidel Pastrana Buelvas, Nelson Camilo Sánchez León, Astrid Liliana Sánchez Mejía, Natalia Silva Santaularia, Vanessa Suelt Cock, Diego Fernando Tarapués Sandino y John Zuluaga Taborda.
Editorial Temis
Tabla de contenido
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Como parte de la implementación del Acuerdo de Paz firmado entre el Gobierno Colombiano y el grupo guerrillero FARC-EP, el 30 de diciembre del año 2016 se expidió en Colombia la Ley 1820, también denominada Ley de Amnistía. Esta ley regula la amnistía concedida a los miembros de este (ahora desmovilizado) grupo insurgente, así como los beneficios y, en general, el tratamiento penal especial y diferenciado que deben recibir los miembros de la fuerza púbica y otros agentes del Estado, por conductas punibles relacionadas directa o indirectamente con el conflicto armado. Por consiguiente, la Ley 1820 involucra diversos temas, procesales y sustanciales, articulados desde la lógica de la justicia transicional y concebidos en el contexto más amplio del componente de justicia del Acuerdo, dentro del cual no solo se conceden beneficios penales –amnistía, indulto, renuncia a la persecución penal–, sino también se imponen sanciones a quienes no cumplan los requisitos para recibir dichos beneficios. Es decir, desde el punto de vista de la persecución penal, el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, creado como producto de las negociaciones de La Habana, presenta, por decirlo de alguna manera, dos caras: por un lado, la imposición de sanciones con base en la comisión de crímenes –no amnistiables–, entre los que se cuentan crímenes internacionales como los crímenes de lesa humanidad y de guerra, y, por otro lado, la concesión de beneficios, cuando la responsabilidad penal radica fundamentalmente en la comisión de delitos políticos y conexos.
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Presentación del libro:
Como parte de la implementación del Acuerdo de Paz firmado entre el Gobierno Colombiano y el grupo guerrillero FARC-EP, el 30 de diciembre del año 2016 se expidió en Colombia la Ley 1820, también denominada Ley de Amnistía. Esta ley regula la amnistía concedida a los miembros de este (ahora desmovilizado) grupo insurgente, así como los beneficios y, en general, el tratamiento penal especial y diferenciado que deben recibir los miembros de la fuerza púbica y otros agentes del Estado, por conductas punibles relacionadas directa o indirectamente con el conflicto armado. Por consiguiente, la Ley 1820 involucra diversos temas, procesales y sustanciales, articulados desde la lógica de la justicia transicional y concebidos en el contexto más amplio del componente de justicia del Acuerdo, dentro del cual no solo se conceden beneficios penales –amnistía, indulto, renuncia a la persecución penal–, sino también se imponen sanciones a quienes no cumplan los requisitos para recibir dichos beneficios. Es decir, desde el punto de vista de la persecución penal, el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, creado como producto de las negociaciones de La Habana, presenta, por decirlo de alguna manera, dos caras: por un lado, la imposición de sanciones con base en la comisión de crímenes –no amnistiables–, entre los que se cuentan crímenes internacionales como los crímenes de lesa humanidad y de guerra, y, por otro lado, la concesión de beneficios, cuando la responsabilidad penal radica fundamentalmente en la comisión de delitos políticos y conexos.
La Ley de Amnistía no solo representa entonces uno de los pilares de la implementación del Acuerdo de Paz; esta también constituye un instrumento novedoso, podría decirse sui generis, que marca un hito en la historia legislativa del país asociada al conflicto armado e incluso frente a experiencias similares de terminación de conflictos en otras regiones del mundo, en las que también se han articulado diferentes mecanismos de justicia transicional. Sin embargo, la Ley 1820 es bastante compleja y la interpretación de varias de sus disposiciones exige conocimientos especializados sobre diferentes ramas del Derecho y no solamente en materia de Derecho Penal colombiano; el Derecho Internacional Humanitario, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, así como el Derecho Penal Internacional son disciplinas que también deben tenerse en cuenta para aplicar esta ley, lo cual, vale decirlo, le compete tanto a las instituciones de la justicia penal ordinaria como de la Jurisdicción Especial para la Paz.
Por esta razón, la obra que aquí se presenta busca proporcionar una herramienta teórico-práctica, que oriente en lo posible a los operadores judiciales y en general a las personas interesadas en entender el sentido y alcance de la Ley de Amnistía. Como se verá, se ha seguido la metodología (alemana) de comentario, en la que cada autor analiza una o varias disposiciones del cuerpo normativo respectivo, para lo cual sistematiza y da cuenta de la jurisprudencia relevante para cada norma y de las discusiones doctrinarias más importantes. Así, se busca, primero que todo, explicar los artículos de la Ley 1820, uno por uno, pues muchos de ellos son complejos, largos y hacen referencia a varios temas al mismo tiempo. Además, se intenta anticipar posibles problemas que puedan surgir en la interpretación y aplicación de cada norma, así como vacíos y contradicciones. Para esto se han tenido en cuenta diferentes tipos de insumos, como por ejemplo documentos del trámite legislativo de dicha ley, experiencias de otras amnistías que en el pasado se han otorgado en Colombia, así como jurisprudencia nacional e internacional sobre los temas relevantes en este contexto. De esta manera, se quiere proporcionar una visión general y sistemática de la Ley 1820, al tiempo que se discuten detalles y problemas específicos. El objetivo final es abrir un debate técnico sobre la Ley de Amnistía y plantear algunas reflexiones para facilitar su aplicación.
Es importante advertir, sin embargo, que este no es un comentario tradicional, en el cual se discuten normas que ya han sido aplicadas previamente y sobre las cuales existe un amplio material que se sintetiza y presenta al público, sobre todo con la finalidad de dar cuenta del estado del arte sobre cada tema. Como se ha dicho, la Ley de Amnistía es un instrumento no solamente creado recientemente, sino también bastante novedoso en su contenido. Esta circunstancia genera retos especiales a la hora de llevar a cabo un análisis como el que los lectores encontrarán en esta obra colectiva. En este sentido es posible mencionar el hecho de que para el momento en que se comenzó a trabajar en los diferentes comentarios, la Ley de Amnistía aún no había sido aplicada; además, el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición no había entrado en funcionamiento y de hecho no se habían expedido las demás normas que dieron forma a dicho sistema, como el Acto Legislativo 01 de 2017 o la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz. Incluso, la misma Ley de Amnistía fue objeto de modificaciones como resultado del examen de constitucionalidad que realizó la Corte Constitucional colombiana en la sentencia C-007 de 1º de marzo de 2018. Discutir sobre la interpretación (futura) de un instrumento normativo tan complejo que hace parte de un sistema (todavía) en construcción, no solamente toma tiempo y exige revisar una y otra vez lo hecho, también requiere una buena dosis de imaginación, combinada con reflexiones en parte teóricas y una visión más bien amplia del Derecho; si los objetivos propuestos se han logrado, deberán juzgarlo, en todo caso, quienes consulten esta publicación. Así las cosas, es probable que muy pronto se haga necesario una segunda edición.
Finalmente, debemos agradecer a los autores, expertos colombianos con diferentes tipos de experiencias y formación académica, que contribuyeron con su trabajo y tiempo durante un proceso que tomó casi dos años. También debemos agradecer a las instituciones que hicieron posible esta obra: a la Fundación Konrad Adenauer – Programa Estado de Derecho para América Latina, especialmente a Marie-Christine Fuchs y a Andrés Villegas; al Centro de Estudios de Derecho Penal y Procesal Penal Latinoamericano (CEDPAL) de la Georg-August-Universität Göttingen, Alemania; a la Editorial Temis y, como entidad auspiciadora, al Instituto Colombo-Alemán para la Paz (CAPAZ). De esta manera esperamos contribuir desde la academia (jurídica) a la construcción de paz en Colombia.
Kai Ambos y Gustavo Emilio Cote Barco
Noviembre de 2018