Lo que denominamos posconflicto o fase de posacuerdo será sin duda alguna un desafío muy grande para toda la sociedad, incluyendo al abogado, quien deberá readaptar su rol en este nuevo escenario para contribuir socialmente a superar los retos que jurídica y socio-jurídicamente se avecinan. El abogado tiene un conocimiento técnico que a veces le es esquivo al ciudadano común y muchas de las regulaciones que se implementarán luego de la suscripción del tan anhelado acuerdo de paz en La Habana, pasan por conocer numerosas figuras jurídicas del derecho nacional e internacional que sólo los profesionales del derecho conocen a profundidad.
En ese sentido, el abogado tiene una gran responsabilidad al asumir y transmitir readaptaciones jurídicas que sin el contexto ni la fundamentación teórica, pueden ser objeto de prejuicios o sesgos ideológicos fundados en el desconocimiento y que pueden perturbar el ambiente de aplicación del derecho en un futuro cercano. Un ejemplo lo representa la forma de concebir la justicia y el derecho penal a la luz de la justicia transicional. Algunos ciudadanos no abogados difícilmente entenderán por qué a una persona, que se presume ha cometido decenas de crímenes en el marco del conflicto, se le impone una pena mucho menor que a alguien que en condiciones ordinarias comete tan solo un delito de menor reproche social. Posiblemente, solo el estudioso del derecho comprende y puede explicarle al no abogado que el componente penal de la denominada justicia transicional se aleja de la visión tradicional retribucionista enfocada en el victimario y en su lugar se basa en una concepción de justicia restaurativa que centra su finalidad en restaurar y satisfacer al máximo posible los derechos de las víctimas.