El 2 de diciembre de 2014, la Oficina de la Fiscal de la Corte Penal Internacional hizo público su nuevo informe sobre las “Actividades de Examen Preliminar de la CPI”. En el acápite tercero sobre las situaciones en fase de admisibilidad, el documento realiza un breve resumen de la situación de Colombia luego de que en 2012 realizara un detallado “Reporte Intermedio sobre la situación en Colombia”. Algunos de los puntos más relevantes del nuevo informe con relación al caso colombiano se resume en el análisis a los “desarrollos legislativos pertinentes para el examen preliminar”, donde resalta los nueve parámetros de interpretación de la Sentencia C-579 de 2013 que condicionó la constitucionalidad del artículo transitorio 66 de la Constitución (artículo 1 del denominado Marco Jurídico para la Paz). En este sentido el Informe señala: “Uno de los parámetros establece que: “[e]l mecanismo de suspensión total de ejecución de la pena, no puede operar para los condenados como máximos responsables de los delitos de lesa humanidad, genocidio y crímenes de guerra cometidos de manera sistemática.” Los parámetros delineados por la Corte Constitucional parecen resaltar su compromiso por asegurar la compatibilidad de las leyes internas de Colombia con sus obligaciones internacionales”.
Asimismo, un punto especial contenido en el informe refiere al seguimiento que hace al caso de los “falsos positivos” y en general a los delitos cometidos por la fuerza pública, sobre los cuales se ha intentado legislar para modificar cuestiones del fuero militar y la competencia de estos casos. Al respecto el informe indica: “(…) se han presentado ante el Congreso numerosos proyectos legislativos –entre ellos proyectos de reforma constitucional– relacionados, entre otras cosas, con el sistema de justicia penal militar, normas en materia de competencia y de plazos para la investigación y enjuiciamiento de miembros de las fuerzas pública, así como la suspensión, renuncia y revisión de la persecución penal, y la reforma o remplazo de la entidad judicial actualmente encargada de resolver conflictos de competencia. (...) La Fiscalía continuará evaluando estos desarrollos y propuestas, y procurará obtener más información y aclaraciones por parte de las autoridades Colombianas como parte de su análisis de la admisibilidad de posibles casos”.
Sobre la violencia sexual la Fiscalía de la CPI también hace un llamado especial al advertir que “[a] pesar de las dimensiones del fenómeno, el número de procedimientos relativos a violaciones y otras formas de violencia sexual cometidas en el conflicto armado sigue siendo limitado”. Luego resalta la elaboración de la Ley 1719 de 2014 al señalar que esta legislación “constituye un paso positivo adoptado por las autoridades Colombianas a efectos de investigar y enjuiciar crímenes de violencia sexual”, pero aclara que seguirá haciendo “un seguimiento minucioso de los progresos concretos de los procedimientos nacionales” ya que “observa con preocupación lo limitado de los avances en materia de delitos sexuales”. La fiscalía concluye su informe indicando que La Fiscalía “continuará con su seguimiento y análisis de la aplicación del Marco Jurídico para la Paz, así como los desarrollos legislativos y de otro tipo relativos a la investigación y enjuiciamiento de los casos de falsos positivos como parte de su análisis de los procedimientos nacionales relativos a crímenes de competencia de la Corte”.
En el informe, se menciona la participación de la Fiscalía de la CPI como observadora en el Seminario “Análisis de la sentencia de la Corte Constitucional sobre el Marco Jurídico para la Paz” realizado en la Georg-August-Universität Göttingen el 7 de enero de 2014 y que fue organizado por el Centro de Estudios de Derecho Penal y Procesal Penal Latinoamericano (CEDPAL) junto a la Fundación Konrad Adenauer (KAS):
"OTP Activities
128. During the reporting period, the Office has continued to consult with the Colombian authorities on issues relevant to the preliminary examination. [...] In addition, the Office conducted a mission to Göttingen on 7 January 2014 to participate as observers in the seminar “Analysis of the decision of the Constitutional Court relating to the Legal Framework for Peace,” organized by the Center of Studies of Latin-American Substantive and Procedural Criminal Law and the Rule of Law Program for Latin America of the Konrad Adenauer Foundation." (página 31).
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